SU INICIATIVA.
Una iniciativa que puede perjudicar gravemente a los pacientes.

Desde hace años se viene impulsando desde algunos sectores la idea de aprobar un baremo específico para daños sanitarios.

En sí misma, la existencia de una regulación clara no tiene por qué ser negativa. El problema está en cómo se plantea, quién la impulsa y qué efectos puede producir si se diseña sin contar de forma real con los pacientes y con quienes defienden sus derechos.

Lo que nos preocupa no es la existencia de una norma, sino que esa norma termine sirviendo para reducir indemnizaciones, debilitar la posición de las víctimas y favorecer los intereses económicos de terceros por encima de la reparación justa del daño sufrido.


SU PROPUESTA.
¿Qué es lo que se quiere hacer?

De forma resumida, la propuesta que se viene defendiendo en distintos ámbitos consiste en avanzar hacia un sistema en el que los daños derivados de la actividad sanitaria se valoren con criterios propios, separados del modelo indemnizatorio que hoy se toma como referencia en muchos procedimientos judiciales.

A ello se suma otra pretensión especialmente preocupante: rebajar los intereses de demora que actualmente castigan el retraso injustificado en el pago de indemnizaciones por parte de las aseguradoras.

Dicho de forma clara: Se abre la puerta a un escenario en el que las víctimas de negligencias médicas podrían cobrar menos y, además, más tarde. Un proceso sin equilibrio real en la representación.


UNA PROPUESTA LESIVA PARA EL INTERÉS SOCIAL.
Por qué es perjudicial para los ciudadanos.

(I) Un proceso sin equilibrio real en la representación

La primera objeción es de pura justicia institucional.

Si se quiere regular un baremo que afecta directamente a los pacientes, no es razonable que quienes representan sus intereses tengan una presencia residual frente a otros colectivos claramente implicados en el resultado económico y jurídico de la futura norma.

No hablamos de excluir a nadie. Al contrario: jueces, médicos, Administración, expertos técnicos y aseguradoras pueden y deben participar. Pero ese debate no puede ser equilibrado si los pacientes y los profesionales que trabajan en su defensa quedan en minoría o tienen una presencia meramente simbólica.

Quien va a sufrir las consecuencias del baremo debe tener voz real en su elaboración.

(II) El riesgo de minusvalorar el daño por las patologías previas

Una de las preocupaciones más serias es que se pretenda introducir la idea de que el estado previo de salud del paciente sirva para reducir la indemnización final.

Eso, a nuestro juicio, parte de una premisa equivocada.

La víctima de un daño sanitario es un paciente, no una persona con menos derechos por el hecho de tener una patología previa. Precisamente en el ámbito sanitario es frecuente que la persona afectada acudiera ya con una situación de fragilidad o enfermedad. Utilizar esa circunstancia para rebajar su indemnización sería profundamente injusto.

La lógica debe ser la contraria: quien parte de una situación de mayor vulnerabilidad puede sufrir un perjuicio todavía más intenso cuando se produce una actuación contraria a la lex artis.

Por eso rechazamos cualquier planteamiento que convierta la enfermedad previa en una excusa para pagar menos. No solo sería socialmente inaceptable; también plantearía serios problemas desde la perspectiva de la igualdad y de la dignidad de la persona.

(III) El intento de pagar menos que en el baremo de tráfico

Otra de las líneas que más inquietud genera es la posibilidad de que las cuantías previstas para daños sanitarios queden por debajo de las que hoy se toman como referencia a partir del baremo de tráfico.

Eso supondría un retroceso difícilmente defendible.

Durante años, los juzgados y tribunales han acudido por analogía al sistema de valoración de daños del tráfico para aportar objetividad, homogeneidad y seguridad jurídica en la cuantificación de los daños personales también en el ámbito sanitario. Romper con esa referencia para rebajar cuantías implicaría situar a las víctimas de negligencias médicas en una posición peor que la de otras víctimas de daños corporales.

Y eso no es una diferencia menor: significaría aceptar que, ante daños personales comparables, el paciente lesionado pueda recibir una protección inferior precisamente por el origen sanitario del perjuicio.

No lo consideramos admisible.

(IV) Rebajar los intereses de demora beneficia al incumplidor

La otra gran preocupación es la rebaja de los intereses moratorios.

El régimen actual de intereses de demora cumple una función evidente: evitar que a las aseguradoras y demás responsables les salga rentable retrasar el pago. Cuando la ley impone consecuencias económicas severas a la mora, se incentiva la resolución extrajudicial y se protege a la víctima frente a dilaciones abusivas.

Si ese sistema se suaviza, el mensaje es muy peligroso: retrasar el pago cuesta menos.

Y cuando retrasar el pago cuesta menos, la víctima queda en peor posición negociadora, aumentan las ofertas insuficientes y se favorece la judicialización de conflictos que podrían resolverse antes.

En la práctica, rebajar los intereses de demora no protege al perjudicado. Protege a quien no paga o a quien paga tarde.

(V) ¿Por qué decimos que es una propuesta lesiva para el interés social?

La llamamos así porque el interés social no consiste en abaratar la reparación del daño sufrido por las víctimas.

El interés social exige exactamente lo contrario: que el sistema responda con justicia cuando una persona resulta lesionada por una actuación sanitaria negligente; que la reparación sea suficiente; que el pago no se demore artificialmente; y que la norma se construya escuchando también a quienes van a soportar sus consecuencias.

Si una futura regulación nace desequilibrada, minusvalora el daño y debilita los mecanismos de protección del perjudicado, entonces no estaremos ante una mejora del sistema. Estaremos ante un retroceso.


LO QUE EL CIUDADANO SE JUEGA.
Lo que está en juego no es solo una cuestión técnica.

A veces se presenta este debate como si fuera una cuestión puramente técnica, reservada a expertos en seguros, responsabilidad civil o valoración del daño.

No lo es.

Lo que realmente está en juego es el modelo de protección que queremos para los ciudadanos cuando sufren un daño en el ámbito sanitario. Estamos hablando de personas que, en muchos casos, llegan ya en situación de vulnerabilidad, que han confiado en el sistema sanitario y que, tras una negligencia, afrontan secuelas físicas, psicológicas, familiares y económicas de enorme gravedad.

Por eso rechazamos cualquier enfoque que trate este debate como un simple ajuste económico o como una operación de equilibrio presupuestario.

Los daños sanitarios no recaen sobre cosas. Recaen sobre personas.

NUESTRA POSICIÓN.
Nuestra objeción de fondo.

Nuestra posición es clara. Nos oponemos frontalmente a cualquier propuesta que conduzca a alguno de estos resultados:

  • Una representación insuficiente de los pacientes en la elaboración del baremo;
  • Una reducción de las indemnizaciones mediante la minusvaloración de patologías previas;
  • Unas cuantías inferiores a las que hoy se toman como referencia en el baremo de tráfico;
  • Una rebaja de los intereses de demora que favorezca retrasos en el pago.

Un baremo sanitario solo podría ser legítimo si nace de un debate equilibrado, transparente y verdaderamente orientado a la protección de los pacientes, no a la reducción de sus derechos.